El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso de la Generalitat contra el Real Decreto 1312/2024 sobre alquiler turístico y ha dado la razón al Consell en su crítica al modelo estatal de registro único obligatorio para los arrendamientos de corta duración. El Gobierno valenciano interpreta la resolución como un respaldo a su rechazo a una norma que, según sostiene, duplicaba sistemas ya existentes y generaba incertidumbre jurídica.
La consellera de Turismo, Marián Cano, pidió al Gobierno de España que ejecute la sentencia de inmediato y abra un nuevo marco de diálogo con las comunidades autónomas. Cano defendió que la Comunidad Valenciana lleva años con un registro autonómico de viviendas de uso turístico “plenamente operativo”, que garantiza el control de la actividad, la trazabilidad de los inmuebles y la seguridad jurídica del sector.
La resolución llega después de que la Generalitat recurriera el Real Decreto 1312/2024 ante el alto tribunal. El Consell venía sosteniendo que el Registro Único de Arrendamientos creador por el Ejecutivo central generaba duplicidades, invadía competencias autonómicas en materia turística y añadía cargas a un sector que ya estaba regulado en el ámbito valenciano. El Gobierno autonómico también afirma que su sistema regional para viviendas de uso turístico funciona desde hace años y permite perseguir la oferta ilegal sin castigar a quienes cumplen la normativa.
Pero el fallo no borra toda la arquitectura estatal. El Supremo reconoció la competencia del Estado sobre la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, la obligación de que las plataformas digitales transmitan datos y el intercambio de información con fines estadísticos. Cano subrayó que esos elementos siguen en vigor y los consideró compatibles con una política de control mejor coordinada.
La consellera defendió que la lucha contra el intrusismo y contra los alquileres turísticos ilegales debe hacerse “desde la cooperación institucional y el respeto al marco competencial, no creando estructuras paralelas que duplicaban registros ya existentes”. También sostuvo que la sentencia encaja con “plenamente los objetivos del Reglamento europeo sobre alquileres de corta duración y la necesidad de contar con información fiable y mecanismos eficaces de control”, y remató que Europa “apuesta por la coordinación de datos, no por la acumulación de registros y trámites administrativos”.
El choque deja una frontera clara: el Supremo corrige el intento del Estado de imponer un único registro obligatorio para todo el país, pero conserva las herramientas digitales y de intercambio de datos que sostienen el control central. Para la Comunidad Valenciana, la batalla ahora pasa por traducir ese fallo en un sistema coordinado que no obligue a los operadores cumplidores a navegar entre registros superpuestos.

