Lectura: Luis Garicano y el rescate de Plus Ultra: el juez ve un requisito incumplido

Luis Garicano y el rescate de Plus Ultra: el juez ve un requisito incumplido

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fue rescatada con 53 millones de euros de dinero público, pero el juez sostiene ahora que la aerolínea no cumplía, cuando recibió esa ayuda, uno de los requisitos exigidos para acceder al instrumento financiero. La discusión gira en torno a si la compañía estaba o no al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social a 31 de diciembre de 2019.

El auto de Calama, recogido en la documentación del caso, señala que las empresas que querían acogerse a ese mecanismo debían encontrarse al día con la Seguridad Social en esa fecha. Plus Ultra presentó el 1 de septiembre de 2020 dos certificados de estar al corriente de esas obligaciones, pero la información obtenida por requerimiento judicial a la indica que la aerolínea sí tenía una deuda.

La pugna no es menor porque el rescate se aprobó en plena crisis sanitaria y se ha convertido en uno de los expedientes más sensibles del reparto de ayudas públicas durante la pandemia. En la documentación que examinó el juez también figuran dos certificados emitidos el 20 de agosto de 2020, apenas unos días antes de la solicitud presentada por la compañía.

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Fuentes del Gobierno consultadas por elDiario.es sostienen, sin embargo, que la empresa sí estaba al corriente a 31 de diciembre de 2019 en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social. Esas mismas fuentes añaden que estar al corriente de las obligaciones también se produce cuando las deudas han sido aplazadas, fraccionadas o suspendidas, una interpretación que choca de frente con la lectura que hace el magistrado.

El refuerza esa defensa con un argumento ligado al contexto de la pandemia. Sus fuentes explican que en 2020 se utilizaron los aplazamientos de forma mucho más intensiva, hasta el punto de que se concedieron más de 137.000, el doble que el año anterior, y subrayan que esos certificados “se expiden de forma automática, sin que lo tenga que conceder un funcionario”.

Ese matiz técnico es ahora el centro del caso. Para el Gobierno, el hecho de que existiera una deuda no excluye por sí solo que Plus Ultra pudiera figurar al corriente si esa obligación estaba aplazada o en una situación administrativa equivalente; para el juez, la documentación apunta a que la aerolínea no reunía las condiciones exigidas para acceder a los 53 millones de euros. La discrepancia deja abierta la cuestión de fondo: si los certificados aportados por la empresa acreditaban realmente el cumplimiento requerido para recibir la ayuda pública.

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