Lectura: Archivada la causa contra Irlandesas de Loreto por la muerte de Sandra Peña

Archivada la causa contra Irlandesas de Loreto por la muerte de Sandra Peña

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La juez que investigaba la denuncia presentada por los padres de contra el colegio Irlandesas de Loreto ha archivado la causa. La resolución cierra, por ahora, la vía penal abierta tras la muerte de la menor, de 14 años, que se suicidó el 14 de octubre.

La decisión sigue el criterio de la , que el 5 de mayo pidió el sobreseimiento provisional del caso. El ministerio público sostuvo que, aunque el centro no activó formalmente los protocolos contra el acoso y la conducta suicida, sí adoptó medidas de protección para la alumna y no podía establecerse una relación causal entre esa omisión y el fallecimiento.

La familia de Sandra Peña había denunciado al colegio por un presunto homicidio imprudente, lesiones psicológicas imprudentes y un trato degradante por omisión. Su tesis era que el centro no puso en marcha el protocolo antibullying pese a que les había trasladado que la menor sufría acoso por parte de tres compañeras de clase.

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El origen formal de la sospecha quedó fijado el 1 de septiembre de 2025, cuando la madre entregó a la dirección un informe del psicólogo que había atendido a su hija durante el verano. En ese documento se recogían burlas, comentarios despectivos de un grupo de compañeras y conductas de autolesión. También describía un cuadro ansioso-depresivo que estaba afectando de forma notable a su calidad de vida.

A partir de ese aviso, la Fiscalía concluyó que los episodios referidos por la familia del curso anterior eran “situaciones puntuales que se atendieron internamente”. Añadió que el colegio no activó de forma oficial los protocolos, pero sí separó a la menor de las supuestas agresoras en clase, recomendó atención en salud mental, asignó personas de referencia, pidió a los docentes que mantuvieran la vigilancia y coordinó su actuación con el psicólogo.

El punto de fricción del caso ha sido siempre el mismo: si esa respuesta fue insuficiente y, sobre todo, si un protocolo formal habría cambiado algo. La Fiscalía respondió que el mecanismo de protección es “indudablemente eficaz”, pero que eso no significa que, de haberse aplicado, hubiera impedido que la menor tomara la decisión que tomó. También señaló que el acoso alegado se produjo en parte fuera del centro, en un ámbito externo al que no podían llegar las medidas del colegio.

Con ese razonamiento, el órgano instructor asume que no puede sostenerse una conexión penal entre la falta de activación de los protocolos y la muerte de Sandra Peña. La causa queda archivada porque, a juicio de la fiscalía y de la juez, las actuaciones del centro no alcanzan el umbral exigido para atribuirle el desenlace.

Para la familia, el archivo cierra la investigación penal sobre el colegio, pero no borra la pregunta de fondo: si la advertencia que hicieron en septiembre llegó demasiado tarde o si, aun llegado a tiempo, el sistema escolar no tenía herramientas suficientes para evitar el final de Sandra Peña.

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