Lesen: Prefijo 600 y 809 cae para llamadas de cobro extrajudicial tras fallo de la Corte Suprema

Prefijo 600 y 809 cae para llamadas de cobro extrajudicial tras fallo de la Corte Suprema

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Las llamadas de cobro extrajudicial ya no deberán usar los prefijos 600 y 809. La publicó este miércoles en el una modificación a su resolución original de 2025, con la que abrió la puerta a que esas comunicaciones se hagan sin prefijo.

El cambio llega después de que, en marzo de 2026, la acogiera un amparo económico presentado por la Asociación Gremial de la Industria de Retail Financiero A.G. contra la Subsecretaría de Telecomunicaciones. El tribunal concluyó que esas llamadas no forman parte del grupo de servicios complementarios que deben llevar prefijos, y desarmó así la base de la exigencia que Subtel había fijado el año pasado.

En su resolución de 2025, Subtel había clasificado las llamadas de cobranza como servicios complementarios de comunicaciones, lo que obligaba a identificarlas con los prefijos 600 y 809. El conflicto puso en el centro una pregunta concreta: si una gestión de cobro debía tratarse como otra comunicación más sujeta a esa regla o como un contacto de naturaleza distinta, destinado exclusivamente a pedir el pago de una deuda. La asociación gremial sostuvo que no se trataba de publicidad ni de spam, sino de un llamado directo al cliente moroso.

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La propia Subtel defendió ahora el giro normativo y señaló que estas comunicaciones “se encuentran expresamente reguladas por normativa sectorial respecto de horarios, frecuencia y forma de contacto. Por lo tanto, son comunicaciones legítimas dentro de determinados marcos regulatorios”. Con esa definición, el organismo dejó establecida la idea de que la cobranza extrajudicial no queda fuera del control estatal, pero sí fuera del esquema de prefijos que se había intentado aplicar.

La tensión práctica detrás del caso era clara para el sector retail financiero: las empresas argumentaban que la regla del prefijo les imponía una carga que afectaba de forma seria su capacidad para gestionar la morosidad y recuperar créditos. Con la modificación publicada en el Diario Oficial, ese obstáculo queda removido para las comunicaciones destinadas al cobro extrajudicial, mientras el marco sectorial seguirá marcando los límites de cómo, cuándo y con qué frecuencia pueden hacerse esos contactos.

Lo que sigue ya no es si esas llamadas pueden existir, sino bajo qué condiciones operarán en adelante. Subtel dejó escrito que sí pueden hacerse sin prefijos, y la Corte Suprema ya cerró la puerta a tratarlas como servicios complementarios sujetos a 600 y 809.

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